Anses entrega un nuevo bono desde julio: requisitos necesarios y fechas de cobro

La Administración Nacional de la Seguridad Social abonará dos cifras extras desde julio de $17.000 y $20.000.

Por Canal26

Miércoles 21 de Junio de 2023 - 12:47

Oficinas del ANSES. Foto: Twitter @ansesgob. Oficinas del ANSES. Foto: Twitter @ansesgob.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) informó de un pago de bonos extraordinarios que tendrán un valor de $17.000 y $20.000. Esto tendrá el objetivo de reforzar los ingresos de los sectores más vulnerables de la población y ya tiene el calendario de pagos confirmado.

Además, esto se suma al refuerzo de ingresos de $15.000 que los jubilados y pensionados recibieron durante junio. También llega a los beneficiarios de la Asignación Universal por hijo (AUH) y AUE que tienen su plus hasta el martes 27 de junio.

ANSES Calendario de pagos noviembre 2022 ANSES brindará un nuevo bono para beneficiarios de algunos planes. Foto: Archivo.

Calendario ANSES

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¿Qué es el nuevo bono de Anses y qué requisitos tiene para cobrarlo?

Anses informó que se recibirán tres cobros consecutivos entre junio y agosto, que van desde $15.000 en el primer mes hasta los $20.000 en el último. Los que recibirán estas sumas serán jubilados y pensionados, junto con los titulares de las Pensiones No Contributivas (PNC) y de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).

Con respecto a los requisitos, más allá de ser parte de los programas mencionados. Para recibir el dinero, el sueldo mensual tiene que ser menor a $70.938, aunque los que superen ese monto también recibirán algo. Anses decidió que habrá un bono variable de hasta $5.000 para los que cobren menos de dos haberes mínimos. 

Sobre los pagos, los bonos se recibirán en las mismas fechas que se cobra el resto de los haberes correspondientes a julio y agosto. 

Oficina de ANSES, NA Oficina de ANSES. Foto: NA.

Calendario ANSES

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Fechas de cobro de los nuevos bonos de Anses

Pensiones No Contributivas (PNC)

  • Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 3 de julio de 2023.
  • Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 4 de julio de 2023.
  • Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 5 de julio de 2023.
  • Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 6 de julio de 2023.
  • Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 7 de julio de 2023.

Jubilados que cobran un haber mínimo

  • Documentos terminados en 0, a partir del día 10 de julio de 2023.
  • Documentos terminados en 1, a partir del día 11 de julio de 2023.
  • Documentos terminados en 2, a partir del día 12 de julio de 2023.
  • Documentos terminados en 3, a partir del día 13 de julio de 2023.
  • Documentos terminados en 4, a partir del día 14 de julio de 2023.
  • Documentos terminados en 5, a partir del día 17 de julio de 2023.
  • Documentos terminados en 6, a partir del día 18 de julio de 2023.
  • Documentos terminados en 7, a partir del día 19 de julio de 2023.
  • Documentos terminados en 8, a partir del día 20 de julio de 2023.
  • Documentos terminados en 9, a partir del día 21 de julio de 2023.

Jubilados que perciben más de un haber mínimo: fecha de cobro julio 2023

  • Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 24 de julio de 2023.
  • Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 25 de julio de 2023.
  • Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 26 de julio de 2023.
  • Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 27 de julio de 2023.
  • Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 28 de julio de 2023.

Pensiones no contributivas: ¿cuándo cobro?

  • Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 1 de agosto de 2023.
  • Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 2 de agosto de 2023.
  • Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 3 de agosto de 2023.
  • Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 4 de agosto de 2023.
  • Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 7 de agosto de 2023.

Jubilados y pensionados con un haber mínimo agosto 2023

  • Documentos terminados en 0, a partir del día 8 de agosto de 2023.
  • Documentos terminados en 1, a partir del día 9 de agosto de 2023.
  • Documentos terminados en 2, a partir del día 10 de agosto de 2023.
  • Documentos terminados en 3, a partir del día 11 de agosto de 2023.
  • Documentos terminados en 4, a partir del día 14 de agosto de 2023.
  • Documentos terminados en 5, a partir del día 15 de agosto de 2023.
  • Documentos terminados en 6, a partir del día 16 de agosto de 6023.
  • Documentos terminados en 7, a partir del día 17 de agosto de 2023.
  • Documentos terminados en 8, a partir del día 18 de agosto de 2023.
  • Documentos terminados en 9, a partir del día 22 de agosto de 2023.

Jubilados que perciben más de un haber mínimo: calendario de agosto 2023

  • Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 23 de agosto de 2023.
  • Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 24 de agosto de 2023.
  • Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 25 de agosto de 2023.
  • Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 28 de agosto de 2023.
  • Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 29 de agosto de 2023.

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