ANSES: cómo conseguir la ayuda por desempleo y de cuánto son los montos

Los requisitos y todo lo que tenés que saber para tramitar el beneficio que otorga el organismo gubernamental.

Por Canal26

Domingo 23 de Abril de 2023 - 09:04

Anses. Foto: NA.ANSES. Foto: NA. 

La ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social) otorga una ayuda social para aquellas personas que se quedaron sin trabajo. La Prestación por Desempleo puede tener un monto de hasta $32.000 para empleados que hayan sido despedidos sin causa o por motivos de fuerza mayor.

La solicitud de este seguro de desempleo se hace a través de la web del ANSES. Para hacerlo se deben cumplir distintos requisitos y considerar las especificaciones. 

En caso de ser trabajadoras/es permanentes se necesita tener al menos 6 meses de aportes dentro de los últimos 3 años previos al despido o finalización del contrato. Por otra parte, trabajadoras/es eventuales y de temporada deben haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 jornadas en el último año, es decir, antes de que finalice el trabajo.

Desempleo, búsqueda de trabajo, desocupación, trabajo, empleos, NADesempleo. Foto: NA.

El seguro de desempleo de la ANSES tiene un monto mínimo de $19.305 y un máximo de $32.175. Para saber el monto y la cantidad de cuotas se tiene en cuenta tus ingresos y la cantidad de tiempo trabajado con aportes en los últimos 3 años. En la situación de los empleados de más de 45 años podrán cobrar durante 6 meses más. 

El seguro se puede pedir dentro de los 90 días hábiles luego del despido. Para poder hacerlo, las personas deben sacar un turno desde anses.gob.ar con su CUIL y la clave de Seguridad social. Allí deben subir la documentación y el DNI

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¿Qué documentación debo tener para pedir una Prestación de desempleo en ANSES, según los casos?

  • DNI (original y copia)
  • Despido sin causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada de la empleadora o empleador.
  • Empleador denota quiebra o concurso preventivo: nota del síndico/a certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama de la empleadora o empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
  • Denuncia a los empleadores: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por la trabajadora o trabajador.
  • No renovación de contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
  • Fallecimiento de empleador unipersonal: copia certificada del acta o partida de defunción.
  • Despido relacionado a accidentes y enfermedades laborales: certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación de salud.

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