Imputabilidad a los 13 años: las claves del proyecto de Régimen Penal Juvenil que presentó el Gobierno

Los ministros de Seguridad, Patricia Bullrich, y Justicia, Mariano Cúneo Libarona, adelantaron el proyecto de ley que el Gobierno de Javier Milei enviará al Congreso.

Por Canal26

Viernes 28 de Junio de 2024 - 14:41

Patricia Bullrich, ministra de Seguridad, y Mariano Cuneo Libarona, ministro de Justicia, presentaron el Regimen Penal Juvenil. Foto: Prensa Patricia Bullrich, ministra de Seguridad, y Mariano Cuneo Libarona, ministro de Justicia, presentaron el Regimen Penal Juvenil. Foto: Prensa

El Gobierno de Javier Milei presentó este viernes una iniciativa para bajar la edad de imputabilidad de delitos a los 13 años (actualmente es 16). Punto por punto, qué prevé el proyecto de Ley del Régimen Penal Juvenil que enviarán al Congreso y que presentaron la Ministra de Seguridad Patricia Bullrich y el Ministro de Justicia Mariano Cúneo Libarona.

Patricia Bullrich, ministra de Seguridad, y Mariano Cuneo Libarona, ministro de Justicia, presentaron el Regimen Penal Juvenil. Foto: Prensa Patricia Bullrich, ministra de Seguridad, y Mariano Cuneo Libarona, ministro de Justicia, presentaron el Regimen Penal Juvenil. Foto: Prensa

Patricia Bullrich. Foto: NA

Te puede interesar:

Patricia Bullrich anunció el envío al Congreso del proyecto de ley para bajar edad de imputabilidad

Qué dice el proyecto para bajar la edad de imputabilidad

  1. Está destinado a adolescentes de entre 13 y 18 años.
  2. Privación de la libertad: será en establecimientos especiales o secciones separadas de los establecimientos penitenciarios, bajo la dirección de personal idóneo.
  3. Comunicación a los padres: de la imputación y demás actos procesales.
  4. Protección a la víctima: el Juez y el Ministerio Público fiscal velarán en todo momento por la tutela efectiva de los derechos de las víctimas.
  5. Condenación condicional: si se impone condena condicional, se deben aplicar conjuntamente medidas complementarias, tales como asesoramiento y orientación, asistencia a programas educativos, formación ciudadana, capacitación laboral, concurrencia a los servicios de salud, tratamiento médico o psicológico, obligación de buscar y, en lo posible, obtener un trabajo, concurrencia al tribunal, prohibición del consumo de bebidas alcohólicas y estupefacientes.
  6. Penas de 3 a 6 años: siempre que no haya existido muerte de la víctima, grave violencia física o psíquica sobre las personas, no haya lesiones gravísimas en delitos culposos y no se registren otros procesos o condenas, la pena podrá reemplazarse por: amonestación, prohibición de aproximarse a la víctima o sus familiares, prohibición de conducir vehículos, prohibición de concurrir a determinados lugares, prohibición de salir del país o de un ámbito territorial, prestación de servicios a la comunidad, monitoreo electrónico.
  7. Control de cumplimiento: sl cumplimiento de las penas deberá ser verificado por el juez o el fiscal. También por la víctima, si es su deseo.
  8. Máximo de penas: 20 años. Al cumplir 2/3, el tribunal podrá disponer que se continúe con algunas de las medidas alternativas.
  9. Incumplimiento de la pena: ante el incumplimiento injustificado de una pena alternativa, el juez la sustituirá por otra más severa.
  10. Supervisor: el juez designará un supervisor para el seguimiento del menor, quien mantendrá entrevistas regulares con el adolescente imputado, elaborará informes y procurará resolver sus problemas de salud.
  11. Inimputabilidad: en los casos de menores no imputables (ejemplo, menos de 13 años), el juez de todos modos investigará la existencia y circunstancias de un hecho ilícito y la presunta intervención de terceras personas. En estos casos, el juez realizará un peritaje psicológico, un informe ambiental, dar intervención a otros organismos. Ante el riesgo de que el menor incurra en nuevos delitos, también podrá ordenar su internación para su readaptación social.
  12. Dilación del proceso: la dilación injustificada del proceso hará incurrir al juez en falta grave.
  13. Víctimas: recibir atención psicológica y patrocinio gratuito.
  14. Mediación: cuando el delito tuviere una pena prevista inferior a 6 años, podrá iniciarse un proceso de mediación penal con la víctima o sus representantes.
Nuevos patrulleros

Te puede interesar:

Ley Ómnibus: proponen modificar ley de imputabilidad y el derecho a la legítima defensa

Cuáles son los motivos detrás del proyecto de Régimen Penal Juvenil

"Venimos a cumplir con una obligación de nuestra sociedad. Nuestra sociedad no quiere tener impunidad. No quiere que a sus hijos o a sus padres los maten y no quiere que quien comete un delito no tenga ninguna consecuencia", sostuvo la ministra Bullrich durante la presentación del proyecto. Y agregó: "A partir de ahora, el delito, y lo peor que siempre es la muerte, tendrá consecuencias y estas consecuencias serán acordes a la edad de quienes lo cometen. La decisión del presidente Javier Milei y de los equipos conjuntos de estos ministerios de Seguridad y Justicia, es cumplir con una sociedad que pide respuestas".

“Todos los días los argentinos de bien padecemos delitos cometidos por menores que quedan impunes. No podemos permitirlo. Vamos a darle las herramientas estructurales a los jueces para que puedan encarcelar a quienes delinquen”, resaltó por su parte el ministro Cúneo Libarona.

Los 4 fundamentos del proyecto de reforma

  • La modernización y adecuación de la legislación a la realidad presente, producto de los acelerados cambios sociales, de los que los jóvenes no están exentos en cuanto a la actuación y comprensión de la criminalidad de los actos
  • El desfasaje normativo con respecto a otros países de la región
  • La protección de los niños y jóvenes, amparados en la Convención de los Derechos del Niño, con jerarquía constitucional en nuestro país. Establece que los adolescentes tienen derechos especiales que deben ser protegidos y respetados en todo momento, incluido el derecho a ser tratados de manera justa y equitativa en el sistema de justicia penal. Por lo tanto, la ley debe garantizar que las respuestas judiciales para los adolescentes imputados estén en consonancia con estos principios y debe ofrecer medidas diferenciadas que tengan en cuenta su edad, nivel de desarrollo y circunstancias individuales.
  • La necesidad de ampliar las herramientas con las que cuenta el Estado para reducir la incidencia de la criminalidad juvenil en la sociedad.