El tribunal aceptó tratar un recurso de queja del fiscal Carlos Altuve para detener liberaciones. Hablan de un fallo “ordenador”.
Por Canal26
Martes 5 de Mayo de 2020 - 06:59
Corte Suprema Bonaerense.
El fiscal Carlos Altuve presentó este lunes un recurso ante la Suprema Corte bonaerense para dejar sin efecto el fallo que habilitaba prisiones domiciliarias masivas en la provincia de Buenos Aires.
La Corte Suprema de Justicia bonaerense empezó a analizar el recurso contra las resoluciones judiciales que habilitaron excarcelaciones a detenidos en el marco del coronavirus y se dispone a poner un freno a las liberaciones masivas.
La presentación fue a través de un recurso de queja ante el máximo tribunal de la provincia de Buenos Aires que, si bien no tiene plazos para resolver el mismo, se abocará de manera inmediata, según confirmaron fuentes judiciales.
El pronunciamiento respecto a la cuestión de fondo ocurrirá antes de diez días. Según anticiparon fuentes judiciales, tendrá un carácter “ordenador”, pero pondrá un freno definitivo a las salidas masivas de presos. La resolución de Violini era de caracter general y disponía que cualquier juez pueda adherir. La Corte pondrá límites y ordenará que se analice cada caso en particular y que sean los jueces naturales los que decidan. Además, dejará en claro que las domiciliarias regirán para los delitos leves y para casos de riesgo de coronavirus.
La Fiscalía advirtió la “gravedad institucional” de esa resolución en donde “se ha vulnerado la garantía del juez natural que debe conocer en la situación de privación de libertad de las personas que se encuentren a su disposición, otorgando el arresto domiciliario a un número indeterminado de personas”.
Y aunque reconoció “es necesario adoptar medidas urgentes y eficaces para paliar la situación de emergencia carcelaria y sanitaria”, reclamó que se deje sin efecto el fallo que había firmado el juez Victor Violini a inicios de abril que quedó en el centro de la polémica.
“No es mi objetivo alzar una barrera que obstaculice la toma de las medidas urgentes, esenciales e imprescindibles para resguardar la vida y la integridad física de las personas privadas de libertad. Sin embargo, considero que tales medidas no deben ser tomadas con afectación a la distribución de competencias constitucionales y legales, ni mediante la vulneración de las leyes que ordenan el funcionamiento de la administración de justicia penal. Tampoco deben tomarse medidas que desconozcan abiertamente la letra expresa de la ley ni extraerse de la mera voluntad del juzgador”, sostuvo el fiscal.
La secretaría de Asuntos Penales de la Corte elevará el primer informe a los ministros para la consideración. Se entiende que lo admitirán para avanzar en un ordenamiento jurídico tras el descontrol de las domiciliarias masivas.
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