La cordobesa de 34 años obtuvo un nuevo carnet después de haber sido calificada como "discapacitada" por haber tenido cáncer de mama.
Por Canal26
Martes 23 de Agosto de 2022 - 20:25
Florencia Andrade con su nueva licencia de conducir. Foto: Gentileza La Voz.
Luego de que se viralizara su caso, Florencia Andrade, la cordobesa de 34 años que fue a renovar su carnet de conducir y fue calificada como “discapacitada” por haber cursado un “cáncer de mama”, recibió una licencia nueva tras el pedido de disculpas de las autoridades.
“Me sentí discriminada y lloré. Salí de ese lugar sintiendo que tengo una discapacidad. No la tengo, estoy bien”, dijo Florencia al medio cordobés La Voz.
Ante esto, funcionarios de la Municipalidad cordobesa se comunicaron con Florencia para entregarle un nuevo carnet y disculparse públicamente.
En respuesta, Florencia dijo al mismo medio: “Estoy muy feliz. Pude pedirles que cambien las cosas para el futuro. Ya me dijeron que seré el nexo para estas personas que tienen el mismo problema. Me comunicaré con ellos y podrán realizar el cambio”.
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Por su parte, el secretario de Desarrollo Metropolitano de la Municipalidad de Córdoba, Gabriel Bermúdez, habló con este medio y reconoció que el sistema es “estigmatizante” y “daña a las personas”. No obstante, se defendió de las críticas asegurando que la emisión de licencias corresponde a la Agencia Nacional de Seguridad Vial y no al municipio.
“Una persona no puede ser revictimizada con una leyenda que le recuerde que tiene o tuvo cáncer cada vez que saque el registro. Tiene que haber un código que sea de interpretación para los servicios de emergencia y que, en caso de un siniestro vial, sepan si la persona padece de alguna patología. Pero el sistema se tiene que mejorar”, señaló.
A su vez, Bermúdez admitió que este tipo de licencias “claramente daña a las personas, todos lo vemos. Gracias a esta situación, se hizo visible: hay que subsanarlo de algún modo. No es lo mismo que diga ‘Usa lentes’ a que diga ‘Tiene cáncer’”.
Es válido recordar que en el país, los datos personales que afectan al honor o a la intimidad de las personas están protegidos tanto por la ley 25.326 como por tercer párrafo del artículo 43 de la Constitución Nacional.
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