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El proyecto de ley propone una modificación en el artículo 34 del Código Penal que busca considera no punibles a "quienes obraren en cumplimiento de un deber o en el legítimo ejercicio de su derecho, autoridad o cargo".
Obtuvo dictamen un poyecto que contempla la perspectiva de género en la regulación de la legítima defensa como eximente de la responsabilidad penal.
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