El Gobierno podría suspenderte la licencia de conducir: cuáles son los motivos

Por medio de las nuevas disposiciones del Gobierno, los conductores deberán tener en cuenta nuevas restricciones.

Por Canal26

Martes 18 de Marzo de 2025 - 15:25

Licencia de conducir; carnet de conducción. Foto: Argentina.gob.ar Licencia de conducir; carnet de conducción. Foto: Argentina.gob.ar

En el marco de la actualización de la normativa vial, el Gobierno nacional determinó cuáles serán las nuevas modificaciones que impactan directamente sobre los conductores y sus licencias de conducir, sobre todo en los principiantes, ya que si incurren en faltas graves, podrían perderla.

En este marco, por medio del Decreto 196/2025, las autoridades buscan simplificar trámites y establecer criterios más estrictos para la suspensión y retiro de la licencia en determinadas situaciones para ponderar la seguridad vial.

Licencia de conducir digital. Foto: Argentina.gob.ar Licencia de conducir digital. Foto: Argentina.gob.ar

Los nuevos motivos por los cuales el Gobierno podría retirar o suspender la licencia de conducir está fijada por la modificación de la reglamentación de la Ley N° 24.449 de Tránsito y Seguridad Vial.

En este sentido, quienes hayan obtenido su licencia por primera vez tendrán que ser muy cautelosos, ya que si incurren en alguna falta grave en los primeros dos años de haberla sacado, el carnet podría ser suspendido y deberán rendir nuevamente el examen teórico-práctico.

Licencia de conducir. Foto: NA. Licencia de conducir. Foto: NA.

Licencia de conducir. Foto: Unsplash

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Seguridad vial: cuáles son los conductores que podrían quedarse sin licencia

Durante los primeros seis meses de “principiantes”, los conductores tendrán restricciones para conducir en zonas céntricas, autopistas y semiautopistas y deberán contar además con el cartel indicatorio reglamentario con la letra P en color verde.

Además, tras esta nueva disposición, los conductores podrán perder su licencia también en los siguientes casos:

  • Condición Psicofísica

La autoridad jurisdiccional tiene la obligación de suspender la Licencia Nacional de Conducir, de oficio o a solicitud de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) en el caso de que se compruebe que la condición psicofísica del titular ya no es la adecuada en relación con los requisitos exigidos al momento de otorgar la licencia. Dicha suspensión aplicará si el mantenimiento de la licencia implica un grave peligro para la seguridad vial.

En este sentido, para rehabilitar la licencia, el conductor suspendido tendrá que volver a aprobar el examen psicofísico dentro de los cinco días hábiles siguientes a la suspensión.

En el caso de las licencias profesionales (clases C, D y E), también deberán aprobar los cursos y exámenes correspondientes si se les remueve la licencia. En caso contrario, serán inhabilitados preventivamente.

Licencia de conducir. Foto: Unsplash Licencia de conducir. Foto: Unsplash

  • Actualización de datos

Los titulares de licencias de conducir deben informar a la brevedad cualquier cambio en los datos registrados para actualizar la licencia digital. Si poseen una licencia en formato físico y desean una actualizada, deberán entregar la anterior.

Cabe destacar que en caso contrario la licencia perderá validez a los 90 días de producido el cambio no denunciado y se rehabilitará al informar la actualización.

  • Antecedentes por infracciones graves

Al renovar la licencia, las personas con antecedentes por infracciones graves también deberán aprobar el examen teórico práctico.

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