Massera, Videla y Agosti, la Junta Militar golpista.
Por Antonio Arcuri (*) y Rodolfo Barra (**)
La dictadura que se inició el 24 de marzo de 1976, puso un fin abrupto al gobierno constitucional que encabezaba Isabel Perón. La Justicia fue desterrada durante esos seis años de administración Militar, que no solo llevó a una gran crisis económica, sino que clavó una daga profunda en la sociedad con las muertes, desapariciones y persecución de personas.
La Ley 25633 sancionada durante el gobierno de Eduardo Duhalde, instituye el 24 marzo como Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia en conmemoración de quienes resultaron víctimas durante ese proceso, para consolidar la memoria colectiva sobre estos aberrantes hechos y en pos de priorizar la vigencia de los Derechos Humanos y el Estado de Derecho.
La libertad que consagra al ser humano, comprende lo justo y el amor. Las virulentas y barbáricas experiencias nos ponen de manifiesto cuan sagrados son los Derechos Humanos. Su violación trastocó la idea del Estado, logrando que pierda su fin, es decir el bien común en busca de un orden social o como lo decimos los peronistas, la comunidad organizada.
El miedo, fue el método impuesto durante la dictadura militar y lo injusto fue la regla; mientras la propaganda difundía la realidad retaceada y a gusto del poder dictatorial, acallando las denuncias sobre los actos tan atroces. Al tomar el poder, las Fuerzas Armadas adujeron el peligro latente de desintegración social, pero el resultado fue peor que aquello denunciado. La violación de las garantías constitucionales como política de estado y un plan sistemático de desindustrialización nos dejó una crisis económica estructural que aún azota nuestro país.
La Memoria, la Verdad y la Justicia nos permiten reconocer a los Derechos Humanos como de vital importancia y “el propósito deber ser preservar el sistema democrático”, a decir de Carlos Nino. Siguiendo al mismo autor, la justicia selectiva puede parecer a una desigualdad ante la ley, por lo que lo importante es “las consecuencias del castigo que son muy valiosas, por ejemplo, disuadir eventos similares al demostrar que ningún grupo está por encima de la ley, o consolidar una democracia que presupone el respeto por el estado de derecho”.
Tal cual el espíritu de la ley sancionada en 2002, que -como aliciente- fija que el Ministerio de Educación de la Nación y las autoridades educativas de las distintas jurisdicciones deberán incluir, como se viene haciendo, en los respectivos calendarios escolares de jornadas alusivas al Día Nacional “que consoliden la memoria colectiva de la sociedad, generen sentimientos opuestos a todo tipo de autoritarismo y auspicien la defensa permanente del Estado de Derecho y la plena vigencia de los Derechos Humanos”.
Fruto de la Memoria colectiva fue el amplio consenso que llevó a la unanimidad de los convencionales constituyentes de 1994 a jurar la Constitución Nacional reformada, que en su art. 36 textualmente declara: “Esta Constitución mantendrá su imperio aun cuando se interrumpiere su observancia por actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático. Estos actos serán insanablemente nulos".
"Sus autores serán pasibles de la sanción prevista en el art 29 (responsabilidad y pena de los infames traidores a la Patria), inhabilitados a perpetuidad para ocupar cargos públicos y excluidos de los beneficios del indulto y la conmutación de penas. Tendrán las mismas sanciones quienes, como consevcuencias de estos actos, usurparen funciones previstas oara las autoridades de esta Constitución p las de las provincias, los que responderán civil y penalmente de sus actos. Las acciones respectivas serán imprescriptibles".
"Todos los ciudadanos tienen el derecho de resistencia contra quienes ejecutaren los actos de fuerza enunciados en este artículo” El severísimo texto de la norma exime de todo comentario. Pero aún falta transcribir su párrafo final, donde se equipara el golpe de estado y la ususrpación constitucional con el delito de corrupción: “Atentará asimismo contra el sistema democrático quien incurriere en grave delito doloso contra el Estado que conlleve enriquecimiento, quedando inhabilitado por el tiempo que las leyes determinen para ocupar cargos o empleos públicos. El Congreso sancionará una ley sobre ética pública para el ejercicio de la función”.
En suma, se trata de saber y entender, para no repetir errores y mirar hacia el futuro con la seguridad de que Nunca Más volveremos a entrar en el largo y oscuro camino de un país sin leyes y derechos.
(*) Exsecretario de Legal y Técnica de la Presidencia de la Nación, ex ministro de Justicia de la Prov. de Bs. As. Presidente de la Asociación Amigos del Museo 17 de Octubre de San Vicente -sitio donde descansan los restos del General Perón.
(**) Ex Juez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ex Ministro de Justicia de la Nación, Convencional Constituyente nacional 1994 por la Provincia de Buenos Aires.
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