Los sueldos serán fijados el 29 de septiembre cuando el Gobierno se reúna con la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares
Por Canal26
Viernes 22 de Septiembre de 2023 - 18:21
Personal domestico
El personal de servicio doméstico recibirá un aumento salarial a partir de octubre. El gobierno convocó a la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares para el 29 de septiembre con el fin de actualizar las remuneraciones de los trabajadores y trabajadoras de casas particulares a partir del mes siguiente.
La medida se formalizó por medio de la Resolución 5/2023, publicada este viernes en el Boletín Oficial: ''Convocase a los integrantes de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares a reunirse en sesión plenaria ordinaria el 29 de septiembre de 2023 a las 11 en la sede del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, y en caso de ser necesario y/o solicitado mediante plataforma virtual'', dice el comunicado.
Como orden del día, se fijó el ''análisis de la evolución de las remuneraciones mínimas para los Trabajadores de Casas Particulares incluidos en el régimen especial de la Ley Nº26.844''.
Buena noticia para las empleadas domésticas. Foto: Unsplash.
El incremento, oficializado con la resolución 4/23, pautado del 36%, se paga en tres tramos. El primer 20% de suba se aplicó en julio, otro 8% se sumó en agosto y el 8% restante entrará en vigencia en septiembre. Por lo que, el personal de casas particulares cobrará en octubre el último de los tres tramos del último aumento salarial dispuesto, por un acumulado del 36%.
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Junto con el incremento del 8% de septiembre, que se paga en octubre, recibirán los siguientes salarios:
Por su parte, el personal que se desempeñe en más de una categoría, “quedará comprendido en la que resulte a la principal que desempeñe con habitualidad”.
Además, existe un adicional por zona desfavorable: “Hay que tener en cuenta que, se aplicará un adicional por zona desfavorable equivalente al 30% sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías respecto del personal que trabaje en las Provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires”.
También hay un adicional por Antigüedad desde septiembre de 2021, del 1%, al personal con más de un año.
Otro adicional es por Guardería o Sala Maternal: el incremento impacta en el adicional por reintegro de gastos en sala maternal o guardería del artículo 179 de la ley de contratos de trabajo, según el decreto 144/22.
Empleadas domésticas. Foto: NA.
En este caso, la suma a reintegrar en concepto de pago por guardería o trabajo de asistencia y cuidado no terapéutico de personas no podrá ser inferior a una suma equivalente al 40% del salario mensual correspondiente a la categoría “Asistencia y Cuidados de Personas” del Personal con retiro.
Por último, en todos estos casos se debe sumar el bono de suma fija, excepto cuando el salario total exceda los límites establecidos por el Gobierno nacional. En las próximas semanas se espera que se acuerde una nueva actualización salarial para los sueldos de octubre en adelante.
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Como las empleadas domésticas fueron incluidas en el Decreto 438/2023, el cual estableció una suma fija a pagar entre septiembre y octubre, deberán recibir un “extra” por parte de los empleadores con los próximos dos salarios. Tienen que cobrar una suma total de $25.000, que será abonada en dos cuotas de $12.500.
Servicio doméstico. Foto: NA
En todos los casos, el monto es proporcional a las horas trabajadas. En concreto, el artículo 6° del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) presidencial 438/2023, establece que “cuando la prestación de servicios del trabajador o de la trabajadora fuere inferior a la jornada legal o convencional, los montos serán expresados en forma proporcional a la jornada trabajada”.
Para los empleadores, el Gobierno anunció que a aquellos con ingresos de hasta $1,5 millones mensuales se les reintegrará el 50% del monto pagado. Para cumplir con este reintegro, es requisito no haber tributado el año pasado el impuesto a los Bienes Personales y se tendrá que pedir a través de la página web del régimen de casas particulares que administra la AFIP.
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