ANMAT prohibió un medicamento para prevenir infartos y accidentes cardiovasculares

Según detallaron en un comunicado oficial, retiraron del mercado un lote de clopidogrel Rospaw luego de detectar “desvíos de calidad”.

Por Canal26

Jueves 26 de Enero de 2023 - 10:39

Medicamentos. Foto: UnplashLa ANMAT prohibió medicamentos. Foto: Unplash.

La ANMAT (la Administración Nacional de Medicamento, Alimentos y Tecnología Médica) prohibió la comercialización de un medicamento para prevenir infartos y accidentes cerebrovasculares.

Según detallaron en un comunicado oficial, retiraron del mercado un lote de clopidogrel Rospaw luego de detectar “desvíos de calidad”. El organismo se encuentra realizando el seguimiento del retiro del mercado y recomienda a la comunidad abstenerse de utilizar el lote detallado del producto.

“Se informa a la población que la firma ROSPAW SRL ha iniciado, a solicitud de esta Administración Nacional, el retiro del mercado del producto rotulado como CLOPIDOGREL ROSPAW / CLOPIDOGREL (Hidrógeno Sulfato) 75 MG, comprimidos recubiertos, presentación hospitalaria por 1000 unidades, Lote: 073210 - Vencimiento: 12/2023, Certificado N° 54057”, detallaron.

Aceite de oliva. Foto: Unsplash

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Otras prohibiciones 

Este jueves, ANMAT también prohibió a través de su publicación en el Boletín Oficial, un aceite de girasol, un vinagre, unas galletas, un queso y un aspirador de saliva utilizado en procedimientos dentales por una serie de irregularidades denunciadas.

La Disposición 593/2023 establece la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en plataformas de venta en línea del producto del “Aceite de girasol, 100% aceite vegetal, marca Colibrí, RNE 13015429, RNPA 025-13730955″. Esto aplica para en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registro de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rótulo números de RNE y de RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.

En su considerando señala que las actuaciones se iniciaron ante el reclamo de un particular ya que el producto presentaría las características organolépticas alteradas.

Por su parte, la Disposición 594/2023 establece la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en las plataformas de venta en línea de los productos del “Vinagre artesano de sidra de manzana probiótico vivo vegano”, “Cracker snack de semillas activadas” y “Rawmesan queso rallado vegetal”, todos de la marca IKEY Reverencia a la Tierra, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros sanitarios de establecimiento y producto, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.

Finalmente, la Disposición 591/2023 determina la prohibición del uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional del producto rotulado como: “SUGADOR ENDO FLEX MAQUIRA” utilizado para aspirar saliva en procedimientos dentales por carecer de registro.

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