El organismo explicó que, debido a una serie de circunstancias detalladas en su comunicado, se recomendó la prohibición por parte del Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL.
Por Canal26
Lunes 29 de Enero de 2024 - 11:09
La ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica) anunció este lunes la prohibición de la venta de un vinagre de sidra de manzana a través de su Boletín Oficial. La medida se enmarca dentro de un contexto en el que el producto en cuestión se encuentra clasificado como ilegal.
La decisión fue tomada en base a que el producto de la marca Raw Food, en su presentación de 500 mililitros, presentaba irregularidades en su registro de establecimiento, al exhibir números falsos e inexistentes de RNE (Registro Nacional de Establecimientos) y RNPA (Registro Nacional de Productos Alimenticios).
Como medida de protección para la salud de los consumidores y debido a la falta de garantías en términos de trazabilidad, condiciones de elaboración, calidad y seguridad, la ANMAT extendió la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización de este vinagre en todo el territorio argentino, incluyendo las plataformas de venta en línea.
De esta manera, el vinagre de sidra de manzana de la marca Raw Food, con un valor aproximado de $11.500 en el mercado, fue señalado en el comunicado de la entidad reguladora de alimentos como objeto de la restricción, con el propósito de prevenir su circulación y consumo.
El organismo explicó que, debido a las circunstancias detalladas, se recomendó la prohibición por parte del Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL, con el fin de proteger la salud pública frente al consumo de productos sin registro, lo cual impide asegurar su procedencia, condiciones de producción, calidad y seguridad, requisitos fundamentales establecidos por la normativa vigente.
“En atención a las circunstancias detalladas y a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registro, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del citado alimento”, detalló el comunicado.
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El Registro Nacional de Establecimientos (RNE) es un certificado otorgado por las autoridades sanitarias jurisdiccionales a las empresas que elaboran productos alimenticios o suplementos dietarios. El RNE sirve como una constancia oficial de que la empresa está inscrita en el registro.
Asimismo, la entidad reguladora es la que se encarga de verificar que los establecimientos cumplen con los requisitos solicitados, y con las normativas sanitarias necesarias para operar legalmente en la producción y manejo de alimentos o suplementos dietarios.
Además, las empresas requieren de la aprobación del registro de los productos alimenticios en el Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA) para poder distribuir y comercializar sus productos.
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