A pedido suyo, un nene podrá llevar el apellido de su mamá y de sus dos papás

El caso tiene su origen en una presentación realizada por el padre biológico, quien solicitó anular el reconocimiento legal del niño realizado en 2017 por parte de la actual pareja de la madre.

Por Canal26

Viernes 18 de Febrero de 2022 - 06:50

Adopción, neneAdopción.

Un niño de ocho años residente en Río Gallegos será inscripto con los apellidos de sus padres reconociente y biológico, a partir de una sentencia que dictó el juez de familia Antonio Andrade que tuvo en cuenta el pedido expreso del chico y sienta precedente en materia de pluriparentalidad.

 

“A partir del escucharlo al nene me incliné por esta resolución de pluriparentalidad, dado que el sistema legal hoy no encaja en eso y hubo que adaptar esa situación en función de fallos anteriores”, dijo el magistrado de Santa Cruz.

 

Andrade tomó en cuenta especialmente y así lo expresó en el fallo, que el niño “está en cabal conocimiento de su origen biológico, y tiene intención de comenzar a vincularse con él, pero pondera su lazo afectivo construido con quien ha ejercido hasta el día de la fecha, un rol paterno socio afectivo”.

 

“El nene pidió específicamente que se le mantenga el apellido del papá reconociente, pero a su vez que el otro también sea declarado como su papá”, dijo.


El caso tiene su origen en una presentación realizada por el padre biológico, quien solicitó anular el reconocimiento legal del niño realizado en 2017 por parte de la actual pareja de la madre.

 

Andrade explicó que “la resolución llevó su tiempo porque hubieron incidencias en el medio, el padre también inició un juicio de fijación de cuota alimentaria, pidió formar parte de responsabilizarse de este nene, haciendo referencia a que no tenía conocimiento anterior y la otra parte decía lo contrario”.

 

“Hay un instituto legal que se llama caducidad de la acción que en este caso consideré que era inaplicable porque la petición de pluriparentalidad resumía la pretensión de todos”, agregó.

 

El magistrado explicó que la sentencia que dictó en diciembre pasado, fue aceptada por las partes durante el proceso y quedó en firme luego de la feria judicial, “es como una evaluación jurisprudencial” que tiene sus antecedentes en fallos dados en las provincias de Tucumán y Salta.

 

Andrade amplió que “el artículo 538 del Código Civil y Comercial dice que las personas no podemos tener más de dos filiaciones, o sea mamá y papá, que también tiene un basamento heteronormativo, de familia tradicional”.

 

“El sistema legal está desactualizado a partir de los casos que se van generando desde hace 15 años atrás, de hecho cuando se reformó el Código Civil en 2015 se planteó esta situación pero se consideró en ese momento que no estaban dadas las condiciones”.

 

“Ahora se está desestabilizando el sistema y este precedente si da a una puerta para todos aquellos casos históricos que se dan en distintas familias, en distintas historias en las que hay un padre biológico y un padre reconociente y esto viene de alguna forma a considerar los intereses de todos”, añadió.

 

Para Andrade “la pluriparentalidad en este caso puntual, le soluciona el proyecto de vida al niño primero, pero también a los adultos y a las familias ampliadas”.

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