La nueva ley establece la obligatoriedad de juzgar con jurados integrados por ciudadanos comunes los delitos que tengan una pena máxima en abstracto, igual o superior a 20 años de pena privativa de libertad. Además, serán juzgados de esta forma los delitos que atentan contra la vida o la integridad sexual.
Por Canal26
Jueves 30 de Septiembre de 2021 - 16:27
Se estableció el juicio por jurados en la Ciudad. Foto: Telam
La Legislatura porteña aprobó una ley que establece el juicio por jurados en la Ciudad de Buenos Aires. El sistema va a ser obligatorio cuando se juzguen delitos con una pena máxima, igual o superior a 20 años, como el estrago doloso seguido de muerte. Se aprobó con 55 votos a favor y 4 en contra.
El jurado va a estar compuesto por 12 integrantes, junto con dos suplentes, el mismo deliberará sobre la prueba y se pronunciará sobre delito por el que debe responder el acusado. Para tipificar el delito, podrán realizar un veredicto de culpable, no culpable o no culpable por razones de inimputabilidad. Un dato a tener en cuenta es que en caso de no haber unanimidad, deberá realizarse otro juicio con un jurado distinto.
El texto fue realizado en la Comisión legislativa de Justicia y surge de tres proyectos: el inicial de Leandro Halperín (UCR-Evolución), uno de Claudio Cingolani (Vamos Juntos) y otro de María Rosa Muiños (Frente de Todos). "El instituto de Juicio por Jurado es un paso más que estamos dando hacia la autonomía de la Ciudad. Mediante su aprobación, estamos cumpliendo con un mandato Constitucional y, fundamentalmente, les estamos otorgando a los vecinos y vecinas la posibilidad de participar en la Justicia, de involucrarse junto a jueces profesionales en los conflictos que ocurren en el ámbito territorial local", sostuvo Gimena Villafruela, vicepresidenta de la Comisión de Justicia de la Legislatura.
"Se deben juzgar obligatoriamente por Juicio por Jurados todos los delitos que tengan una pena máxima en abstracto igual o superior a veinte (20) años de pena privativa de libertad, aún en su forma tentada, junto con los delitos conexos que con ellos concurran", establece el proyecto.
La diputada de Vamos Juntos aseguró: "me parece importante señalar además que, luego de múltiples consultas a especialistas y de analizar la normativa comparada, se decidió incorporar una modificación en el art 13 de la ley, que garantiza la paridad de género en la conformación del jurado". Es un cambio que tuvo mucha relevancia, el jurado deberá contener por lo menos 5 mujeres y 5 hombres.
Por su parte uno de los que impulsó el proyecto Leando Halperin aseguró: "No estamos pensando el juicio por jurados solo para la ciudad de hoy, sino para la que viene, que tendrá que tener transferidas todas sus competencias. Y esperamos que en un plazo breve la competencia penal sea transferida a la Ciudad" "Seguirán vigentes las formas alternativas de resolución de conflictos existentes en la Ciudad. Lo que sucede en la Ciudad, por su propio sistema judicial, es que los casos en general no llegan a juicio porque hay un acuerdo previo o juicios abreviados o pactados, o porque el Ministerio Público Fiscal no reúne pruebas suficientes y no requiere la elevación a juicio de la causa", agregó Halperín.
Con respecto a los beneficios aseguró: "La decisión del jurado es prácticamente inapelable, excepto en caso de arbitrariedad, animosidad contra una de las partes o que no se haya dado lugar a la presentación de una prueba. Esto le imprime mayor celeridad, objetividad y descontaminación a los procesos, porque se impide que quién tiene mayor acceso a abogados y beneficios dilate la condena".
Conformación del jurado
Se establece que los jurados populares estén compuestos por 12 miembros, debe haber cinco varones y cinco mujeres, no se especifica el género de los dos restantes. Se va a elegir por un padrón que va a ser elaborado por el Consejo de la Magistratura y va a incluir a todas las personas que puedan ser elegidas, por sorteo, para integrar un tribunal, quienes a su vez deberán estar registradas en el padrón electoral de la Ciudad.
Los requisitos para integrar un jurado son: ser argentino, tener entre 18 y 75 años, saber leer y escribir, tener plena capacidad de ejercicio de los derechos civiles y políticos y tener domicilio no inferior a cuatro años en la Capital Federal.
Quedarán exceptuados el presidente y vicepresidente de la Nación, los gobernadores provinciales y el jefe de Gobierno porteño, los ministros nacionales, provinciales y de la Ciudad, los integrantes de los poderes legislativos, los jueces y funcionarios de los poderes judiciales y además quienes ocupen cargos directivos en un partido político reconocido.
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