Tras el revuelo y el repudio de diversos sectores y organizaciones, la Agencia Nacional de Discapacidad anunció que "modificará" la resolución.
Por Canal26
Jueves 27 de Febrero de 2025 - 19:47
Agencia Nacional de Discapacidad. Foto: ANDIS
La resolución 187/2025 de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) publicada en el Boletín Oficial, estableció una nueva normativa para la evaluación médica de invalidez en el acceso a las Pensiones No Contributivas por Invalidez Laboral.
Si bien fue publicado en enero, el texto fue el centro de críticas en las últimas horas luego de viralizarse la terminología utilizada en el Anexo I que incluye expresiones como "idiota", "imbécil" y "débil mental", en referencia a personas con discapacidad intelectual.
Los polémicos términos que se usaron en una resolución del Gobierno sobre discapacidad.
Tras el revuelo y el repudio de diversos sectores y organizaciones que velan por los derechos de las personas con discapacidad, el Gobierno anunció que "modificará" la resolución.
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Tras la polémica por el uso de ese tipo de lenguaje, desde la ANDIS aclararon en un comunicado que fue un "error" haber utilizado esa terminología y sostuvieron que no hubo "ninguna intención discriminatoria".
"Se trató de un error derivado del uso de conceptos pertenecientes a una terminología obsoleta", explicó el organismo, y añadió que ese tipo de caracterizaciones fueron utilizadas en el pasado en medicina psiquiátrica, aunque se eliminaron por su carácter peyorativo.
Discapacidad. Foto: Unsplash
A pesar de la modificación, la ANDIS sostuvo que la "corrección no modificará el baremo ni sus criterios de evaluación".
La resolución, que había generado controversia, tiene como objetivo establecer criterios para evaluar a las personas que cobran pensiones por invalidez.
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"El 16 de enero del corriente año, la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) publicó en el Boletín Oficial la Resolución 187/2025. Dicha normativa incluyó un anexo con términos que, históricamente, se han utilizado en la medicina psiquiátrica para describir grados profundos de déficit intelectual, pero que, en la actualidad, han sido discontinuados.
Desde la ANDIS queremos aclarar que la publicación de los términos en cuestión no tuvo ninguna intención discriminatoria, sino que se trató de un error derivado del uso de conceptos pertenecientes a una terminología obsoleta.
La Resolución 187/2025 y su anexo serán modificados siguiendo los estándares médicos y normativos vigentes, con el objetivo de garantizar que la terminología utilizada esté alineada con las referencias internacionales, como la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE-11) y el Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales (DSM-5). Es importante aclarar que esta corrección no modificará el baremo ni sus criterios de evaluación.
La Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) reafirma su compromiso con un sistema de evaluación justo, transparente y basado en criterios médicos y en un análisis integral de la situación socioeconómica, que garantice que las pensiones no contributivas por invalidez laboral sean otorgadas a quienes realmente las necesitan".
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